De forma muy resumida se enumeran a continuación los requisitos que deben cumplirse para poder aplicar la exención a trabajadores desplazados o expatriados:
– El país de destino debe tener un Convenio para evitar la doble imposición con España, o tener un impuesto similar al de la renta. No puede tratarse de un paraíso fiscal
– El trabajo debe realizarse de forma efectiva en el extranjero
– Debe existir una relación laboral. No es aplicable para autónomos
– El límite anual exento es de 60.100 euros
– Debe beneficiar a una empresa no residente. En caso de tratarse de una empresa vinculada deben revisarse las condiciones que se establecen
– No puede aplicarse en caso de haber escogido tributar por el régimen de excesos
El detalle exacto de los requisitos formulados se pueden encontrar en el artículo 7p de la Ley del IRPF y en el artículo 6 del Reglamento del IRPF.