En el modelo 720 el contribuyente debe informar de los bienes y derechos situados en el extranjero que posea a 31 de diciembre de cada ejercicio. Bienes y derechos que se deben declarar: – Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero – Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero – BienesVer noticia completa »
28 diciembre, 2016 - Por: Lexpat Editor Ver noticia completa »