El artículo 7 p) deja claro que la exención incluye “Los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero”. En relación a los trabajos a distancia existen distintas posibilidades: -Trabajo desde el extranjero para una empresa española: Si el trabajador está realmente ubicado en el extranjero, pero realiza trabajos a distancia para unaVer noticia completa »
22 marzo, 2017 - Por: Lexpat Editor Ver noticia completa »
Debido a las quejas efectuadas por los representantes de distintas ONGs sobre la tributación de los cooperantes, en 2007 la Agencia Tributaria preparó una “Nota de unificación de criterios sobre la tributación de los rendimientos del trabajo obtenidos por cooperantes españoles en el extranjero”. En esta nota, entre otros temas, se trata de forma específicaVer noticia completa »
22 marzo, 2017 - Por: Lexpat Editor Ver noticia completa »
Para el caso de personas que trabajan a bordo de buques mercantes, cruceros o barcos existen distintas consultas vinculantes, aunque se tratan cuestiones muy concretas que no son aplicables a la mayoría de trabajadores. La consulta vinculante V2777-10 trata el caso de un patrón de un buque atunero congelador propiedad de una sociedad española queVer noticia completa »
22 marzo, 2017 - Por: Lexpat Editor Ver noticia completa »
Únicamente deberán tenerse en cuenta los días en que efectivamente se ha trabajado en el país de destino. Como ejemplo para conocer la percepción de la Agencia Tributaria se copia un fragmento de la “Instrucción 1/2016, de 6 de abril, de la Dirección General de Hacienda por la que se establecen determinados criterios para laVer noticia completa »
22 marzo, 2017 - Por: Lexpat Editor Ver noticia completa »